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LA CONDENA DE LULA : Un escándalo jurídico.

Dernière mise à jour : 23 juil. 2019



El estado de derecho democrático se caracteriza por la existencia de límites rígidos al ejercicio del poder, incluida el de la autoridad judicial. Pero para poder condenar al ex-presidente Luiz Inácio Lula da Silva, y así alejar a la opción principal del campo progresista de la elección presidencial de la República Federativa de Brasil en 2018 y de la escena política futura, el poder judicial brasileño violó los límites de la justicia, de la epistemología y de la ética. Se trata de un caso ejemplar de acción estatal que irrespetuosa del marco de la legalidad democrática.


No se trata de un caso aislado. En Brasil, los fenómenos de violación de la estricta legalidad en detrimento de quienes a los ojos del poder económico son indeseables y, más específicamente, de los pobres o de los enemigos políticos, no son infrecuentes.

Bastará recordar el procedimiento de destitución de la presidenta Dilma Rousseff, homologado por la autoridad judicial a pesar de la ausencia de cualquier "delito de responsabilidad" (lo que es una obligación constitucional para cualquier apartamiento de un presidente elegido democráticamente) u otros procedimientos judiciales contra responsables de movimientos populares cuyos derechos fundamentales y garantías no fueron respetados, en contradicción con las normas constitucionales y legales que se espera que cualquier acción estatal respete.


Sin embargo, lo que caracteriza el caso de Lula, ya se trate del procedimiento judicial o de la continuidad ilegítima del confinamiento del ex-presidente, es la acumulación de acciones atípicas y las flagrantes ilegalidades cometidas por las instituciones judiciales con intención persecutoria. Todo indica que el poder judicial y el ministerio público federal brasileños actuaron ilegítimamente para defender un proyecto político alternativo al representado por el ex-presidente Lula y su partido.


Entre las muchas ilegalidades cometidas en detrimento del ex presidente Lula da Silva, podemos señalar las violaciones explícitas de las reglas procesales, así como las violaciones sustantivas, que deben ser el fundamento de la legitimidad de la aplicación de una sentencia a los acusados ​​de una violación de la ley penal. Y esto no es todo. Las declaraciones de las autoridades militares (en algunos casos inspiradas en los mismos valores que los del golpe de estado de 1964) y la presión ejercida por los grupos económicos que controlan los medios de comunicación brasileños (que se oponen al proyecto del Partido de los Trabajadores que exige un control social mínimo, al modo del que rige en los Estados Unidos y en el Reino Unido), sosteniendo que lo único aceptable era el encarcelamiento del Presidente, son claros indicadores de que la sentencia impuesta al ex-presidente Lula da Silva no ha sido otra cosa que una farsa que oculta una decisión política previa, ajena a la ley y los valores democráticos. De modo que no hay duda de que Lula da Silva es un preso político.


Desde el momento mismo del inicio del proceso penal contra el ex-presidente fue posible ver que había señales claras de violación de la imparcialidad judicial. La imparcialidad, por definición, es sinónimo de inalienabilidad, es decir que los jueces no pueden tener intereses personales relevantes para el resultado del juicio, ni pueden actuar para obtener un beneficio político, mediático, financiero o social de la cuestión sometida a juicio. Sin embargo, Sergio Moro, autor de la sentencia que condenó a Lula, obtuvo un beneficio político, mediático y social de la causa que juzgó.


Convertido en un héroe de los grupos económicos que controlan la mayoría de los medios de comunicación brasileños, Sergio Moro, fue invitado a eventos sociales debido a su papel como juez del "caso Lula", se mostró junto a opositores políticos de Lula da Silva (como, por ejemplo, el ex-candidato presidencial Aécio Neves, acusado de corrupción, pero aún en libertad) y asumió el cargo de Ministro de Justicia en el gobierno de Jair Bolsonaro, el principal beneficiario político de la condena contra Lula da Silva. Es importante tener en cuenta la versión, que proviene de miembros del gobierno de Bolsonaro, de que la invitación para asumir este cargo ejecutivo se realizó al inicio mismo de la campaña electoral.


Pero más allá de eso, todo representante del poder judicial debe encarar los juicios en una situación de ignorancia, sin convicción ni certeza sobre los hechos atribuidos al acusado. En términos generales, se puede decir que en el proceso penal brasileño, la decisión de un juez imparcial sólo se toma en el momento constitucionalmente adecuado, es decir, al final de la presentación de sus alegatos finales por cada una de las partes. Hasta este momento definitivo, el juez debe estar en condiciones de poder modificar sus impresiones provisorias sobre el expediente. De hecho, la imparcialidad es el requisito indispensable para un juicio justo. Es uno de los dos pilares de una estructura judicial democrática. Nada de esto estuvo presente en la forma en que el ex-presidente Lula da Silva fue juzgado por el caso remitido al poder judicial.


Basta con leer cuidadosamente dos documentos judiciales para darse cuenta, por ejemplo, de que el Juez Sergio Moro, tanto en la exposición de la "evidencia" contra el ex-presidente como en la primera sentencia contra Lula da Silva, da por cierta desde el vamos lahipótesis de la acusación presentada por el fiscal federal (quien, por su parte, había dado forma a la expectativa de quienes detentan el poder económico y a los prejuicios de una parte de la sociedad contra un líder popular) y se limitó a jugar con presunciones, prejuicios, condenas previas e indicios frágiles para hacer que convergieran hacia una condena del acusado, todo sin dar cuenta de los hechos y las pruebas presentadas durante la investigación criminal. Estamos ante la "primacía de la hipótesis sobre los hechos", reflejo de una clara manifestación inquisitorial, en violación de la disposición constitucional brasileña sobre el sistema de acusación, que exige una postura neutral del juez y una separación entre las funciones de acusación y juicio.


Son numerosos los ejemplos concretos y muy determinados que muestran que el juez Sergio Moro ha procedido en violación de la imparcialidad requerida por parte de quien juzga en un sistema judicial democrático. En numerosas ocasiones, tanto antes como después de la condena, Sergio Moro dejó claro en declaraciones públicas que se consideraba un adversario del proyecto político encarnado por el acusado. En la batalla contra este proyecto y en el intento de influir en la opinión pública, la acción tomada para eludir el secreto de la investigación, sin haber adoptado medidas para evitarla, fue fundamental.


No fue entonces sorprendente ver a Sergio Moro dejar el poder judicial poco después de la condena del ex-presidente y de la elección del principal opositor político de Lula da Silva para asumir el papel de Ministro de Justicia en ese gobierno de derecha, liderado por Jair Bolsonaro, quien a su vez había prometido acabar con el partido político de Lula da Silva y quien recientemente dijo que haría todo lo posible para mantener a Lula en la cárcel.

La imparcialidad del organismo responsable de juzgar es indispensable desde el principio hasta el final del proceso judicial. No fue así en el "caso Lula", ya que al final del proceso, el juez Sergio Moro tuvo una conducta definida por la ley brasileña como un crimen contra el acusado. Entre otras cosas, Moro le entregó a la prensa, contrariamente a lo previsto por la ley, la grabación de una interceptación de una comunicación telefónica entre el ex-presidenta Lula da Silva y su sucesora Dilma Rousseff. Si un juez revela ilegalmente el contenido secreto de cualquier caso criminal, con el fin de movilizar a la opinión pública, perjudicar al acusado o preparar la aceptación de la decisión que planea adoptar (decisión tomada antes del momento apropiado), es obvio que hay un sesgo que se constata objetivamente. Más allá del sistema judicial democrático, este hecho en sí mismo sería suficiente para apartar al juez por parcialidad en el proceso, pero este no fue el caso en Brasil.


La mejor garantía de imparcialidad durante el procedimiento es un rol pasivo del organismo a cargo de la sentencia, en particular porque corresponde a las partes (acusación ​​y acusado) elegir las pruebas que pretenden presentar, porque eso asegura la distancia necesaria para dictar sentencia y hacer justicia. Nada de esto se respetó en el proceso contra el ex-presidente Lula da Silva. Cada vez que un juez abandona su papel pasivo para unirse a la fiscalía y actuar en la dirección de la hipótesis acusatoria, existe una clara violación de la imparcialidad. Esta violación de imparcialidad, sin embargo, queda en evidencia cuando se examina la relación de cooperación entre el fiscal y el juez Sergio Moro durante todo el juicio. El propio juez Sergio Moro, en varias declaraciones públicas, dio la bienvenida al "trabajo conjunto" con la parte de la acusación.

También podemos recordar la conducta inquisitorial del ex-juez Sergio Moro, quien interrogó durante varias horas al ex-presidente Lula da Silva (un acusado considerado como de avanzada edad por la ley brasileña), intentando "producir" contradicciones o encontrar elementos probatorios que no fueron hallados durante la fase de instrucción, hecho que constituye otro indicador de la parcialidad de la acción del poder judicial brasileño.


Pero hay más. Otros pronunciamientos del ex juez Sergio Moro muestran claramente que se violó la imparcialidad en el "caso Lula". En efecto, Moro tomó medidas concretas durante sus vacaciones (externalización de la ley) para hacer prevalecer su lista de deseos (parcialidad subjetivo) y para mantener al ex-presidente en prisión, yendo en contra de la decisión de otro magistrado, y por lo tanto, en clara violación de las normas de competencia (conjunto de reglas que permiten validar el ejercicio de la justicia) y la garantía constitucional del juez natural.


Del mismo modo, las decisiones del Supremo Tribunal Federal impidiendo que Dilma Rousseff incorpore al gobierno al ex-presidente y prohibiéndole a Lula conceder entrevistas antes de su juicio, un derecho garantizado a cualquier preso de derecho común, expresan claramente una selectividad incompatible con el principio de imparcialidad.


Es importante recordar que la legitimidad de la acción legal sólo puede basarse en la no proximidad entre la institución judicial y los intereses particulares, lo que garantiza que las decisiones y / o posibles restricciones a los derechos fundamentales reflejen la solución adecuada que corresponde a la causa penal. Sin imparcialidad, no hay un procedimiento contradictorio real, no se respeta el proceso legal correspondiente y el sistema acusatorio se vuelve insostenible. Sin imparcialidad, la sentencia sólo puede ser una impostura, como de hecho lo es en el "caso Lula".


También es importante destacar que varios juristas independientes, tanto brasileños como extranjeros, que tuvieron la oportunidad de analizar todas las pruebas reunidas contra el ex-presidente Lula da Silva, afirman que no hay elementos suficientes para condenarlo. La lectura particularizada de la sentencia del ex-juez Moro permite identificar el uso de sofismas, mentiras, presunciones y sentido común autoritario para justificar la condena del ex-presidente.


La lectura de la sentencia también muestra que Sergio Moro no solo violó los límites epistemológicos necesarios para validar un hecho, sino que también construyó una sentencia a partir de una especie de "certeza delirante", manifestada desde el inicio del procedimiento, sin ninguna relación con la evidencia que se halla en el expediente. Entre los absurdos del campo de prueba está la primacía dada a lo que se define como "delaciones premiadas", basadas en un acuerdo entre acusadores y convictos, que transforma los valores de "verdad" y "libertad" en materia negociable. A cambio de la libertad y en ciertos casos del disfrute económico de bienes adquiridos ilegalmente, los acusados, incluidos algunos detenidos ilegalmente, con el fin de predisponerlos a la delación, son inducidos a realizar declaraciones que satisfacen las expectativas de los inquisidores, es decir, declaraciones que no necesariamente responden al valor de verdad, sino que confirman las hipótesis de la fiscalía. En el caso del ex-presidente Lula da Silva, por ejemplo, un "delator" presentó varias versiones de un hecho que suponían la inocencia de Lula da Silva, versiones que los inquisidores rechazaron, hasta obtener y validar otra versión servía “incriminar” al ex-presidente.


Tampoco puede ignorarse que Lula da Silva fue declarado culpable de "un hecho indeterminado", lo que significa que la fiscalía y el poder judicial no pudieron identificar el acto concreto de corrupción presuntamente cometido por Lula da Silva.


Además, el Tribunal Regional Federal de la 4ª Región, que consideró la apelación contra la sentencia del ex-presidente Lula da Silva, exhibió signos claros de violación de la imparcialidad requerida por el poder judicial en los sistemas judiciales democráticos. Hubo declaraciones públicas de miembros de este tribunal brindando su apoyo a las decisiones y tomas de posición de Sergio Moro incluso antes de que examinar el recurso de apelación. Por otra parte, en Brasil, debido al aura mediática de Sergio Moro, ungido como héroe por los medios de comunicación, varios jueces, magistrados de apelaciones y de tribunales de segunda instancia adoptaron comportamientos similares a los del ex-juez, para ganarse la simpatía de los grupos económicos que permitieron la promoción política de aquel. También debe tenerse en cuenta que Sergio Moro representó para muchos jueces brasileños un símbolo de renovado prestigio social y de privilegios que la carrera judicial había perdido, especialmente durante los gobiernos del Partido de los Trabajadores.


El Tribunal Federal Regional dejó clara su falta de imparcialidad en su prisa por confirmar la condena de Lula da Silva y, por lo tanto, impedir que el Partido de los Trabajadores lo inscriba como su candidato presidencial. El plazo razonable de un proceso es una garantía constitucional para el acusado, inscrito tanto en la Constitución de la República como en los tratados internacionales firmados por Brasil. El principio de "plazo razonable" establece el derecho del acusado (quien presuntamente ha cometido un delito) a ser juzgado dentro de un plazo que se entiende como el tiempo necesario para garantizar que los derechos de las partes involucradas se examinen sin apremios indebidos. Se trata de un derecho articulado sobre el deber del Estado de pronunciarse sobre la tutela judicial en un plazo razonable. Un juicio de duración atípica puede caracterizar, más allá de la violación de la garantía constitucional sobre la duración razonable de los procedimientos penales, un indicador fuerte de parcialidad judicial.


En el caso del ex presidente Lula da Silva, la violación de la garantía de imparcialidad se evidencia la velocidad anormal de la revisión judicial de la apelación, que fue fundamental para evitar la candidatura de Lula da Silva, y al mismo tiempo confirmar la condena de prisión del ex presidente. En el "caso Lula", este exceso de velocidad revela la selectividad de un tratamiento desigual, interesado y parcial del poder judicial brasileño. La defensa técnica del ex-presidente Lula da Silva ha demostrado matemáticamente que es humanamente imposible examinar todas las pruebas o incluso leer los argumentos de la defensa en el tiempo que transcurrió entre la presentación de los argumentos de la defensa y la fecha fijada para el fallo que terminó con la "confirmación" de la sentencia de Lula da Silva.


Se sabe que el ejercicio efectivo de los derechos y garantías de los acusados ​​requiere de tiempo. El acusado necesita un tiempo mínimo, adecuado al ejercicio de los derechos de la defensa, a la contradicción, al debate sobre la evidencia, etc. Dicho esto, la duración de los procesos penales más acá o más allá del tiempo necesario para garantizar estos derechos fundamentales y sus respectivas garantías provoca, en última instancia, la violación de cada uno de estos derechos. De manera similar, el tratamiento diferencial otorgado a un juicio en particular viola también la conformidad del proceso legal. En el "caso Lula", el ex-presidente fue juzgado antes que otros acusados que esperaban​​ sentencia desde hacía más tiempo o en una situación judicial que requería una decisión antes que la hubiera en el juicio contra el ex-presidente, dando una señal adicional de falta de imparcialidad. Con respecto a la sentencia del Tribunal Regional Federal, mientras Lula aún estaba libre, y la revisión de su caso antes que el de otros que implicaban a acusados ​​presos que, por lo tanto, gozaban de una prioridad legal, estamos ante un indicador adicional de un trato selectivo incompatible con la garantía de imparcialidad. Este deseo de acelerar la sentencia también pasó por alto la validez del artículo 616 del Código de Procedimiento Penal de Brasil habida cuenta de la negativa a llevar a cabo un nuevo interrogatorio por parte del Tribunal Regional Federal.


Para resumir el "caso Lula", se violaron las normas legales y reglamentarias con el fin de acelerar el procedimiento que permitió el encarcelamiento de Lula e impidió así su candidatura, en clara violación de la garantía de imparcialidad. No es casualidad que, recientemente, uno de los jueces de apelaciones, responsable de la confirmación de la sentencia contra el ex-presidente Lula da Silva, quien por cierto hizo pública su amistad con Sergio Moro, ha sido mencionado como probable próximo magistrado del Supremo Tribunal Federal, a partir de un nombramiento del presidente Jair Bolsonaro.


Cabe señalar también que la sentencia del Superior Tribunal de Justicia sirvió para enmarcar la comisión de injusticias contra Lula da Silva. Basta, por ejemplo, mencionar que los magistrados responsables del análisis de la apelación se negaron a pronunciarse sobre la certificación o no del análisis del conjunto de las pruebas presentadas contra el ex-presidente, después de considerar que la fijación de la pena contra el ex-presidente era errónea. En otras palabras, los mismos magistrados que reconocieron la existencia de errores en la aplicación de la pena declararon que no podían pronunciarse sobre eventuales errores en la evaluación de la evidencia. Algún tiempo antes de esta sentencia caracterizada por una omisión judicial al negarse a remediar las violaciones de los derechos fundamentales del ex presidente, asistimos, una vez más, a expresiones públicas de cuadros militares señalando que la pena de prisión contra el ex-presidente Lula debía ser mantenida.


Tampoco podemos ignorar la omisión del Supremo Tribunal Federal de Brasil de examinar la violación de la presunción de inocencia, que prohíbe, como inútil, el encarcelamiento antes de una decisión judicial definitiva, y la negativa a tomar en consideración el artículo 283 del Código de Procedimiento Penal de Brasil, que garantiza a los acusados ​​el derecho a esperar en libertad la resolución de toda apelación de una sentencia e impide la ejecución inmediata de la pena privativa de libertad. Con el fin de mantener la sentencia de prisión de Lula da Silva, el Supremo Tribunal Federal no solo violó los límites semánticos del texto legal, sino que también descartó la posibilidad de examinar acciones judiciales que cuestionen dichas violaciones u omisiones.


Muchas otras nulidades o ilegalidades han sido presentadas por la defensa del ex-presidente, pero no han sido consideradas por el momento. Para mantener a Lula da Silva en la cárcel, se han violado los derechos fundamentales, como la presunción de inocencia, se ha modificado la jurisprudencia y se han ignorado doctrinas consagradas. Por todas estas razones, la condena y el encarcelamiento de Lula da Silva sólo pueden definirse como una aberración legal y una sentencia política incompatible con la democracia.

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